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Becas y ayudas universidad

Apoyo al talento

Estudiar un grado universitario o un postgrado requiere, por parte de los estudiantes, compromiso e ilusión con su desempeño académico y por ello prestamos especial atención al expediente académico previo de nuestros candidatos.

CUNEF, con el apoyo de la Fundación de la Asociación Española de Banca (FAEB), cuenta con un programa de becas y ayudas al estudio cuyo objetivo es premiar e incentivar la excelencia académica y facilitar el acceso a la formación universitaria.

BECAS GRADO CURSO 2024-2025

Convocatoria de Becas y Ayudas al Estudio dirigida a estudiantes de grado matriculados en quinto y sexto curso.

Dirigidas a los alumnos de CUNEF, con nota media del ranking académico igual o superior a 8 que hayan aprobado todas las asignaturas en las que hayan estado matriculados, no tengan asignaturas suspensas o no presentadas de cursos anteriores y que se encuentren dentro de los umbrales de renta señalados en esta convocatoria.

El porcentaje de beca concedido varía en función de la calificación obtenida y de los ingresos familiares, pudiendo otorgarse hasta un 100% del importe de las tasas de matrícula.

El porcentaje de beca se aplica sobre las tasas del siguiente curso de Grado en el que se matricule el alumno.

La resolución favorable de la beca implicará la colaboración del alumno en los departamentos del Centro. La dedicación se estimará entre 40 y 140 horas en el total del curso académico, en función de la cuantía de la misma.  La falta de cumplimiento de esta obligación implicará la pérdida de la beca.

La beca deberá ser solicitada por el alumno en el periodo establecido, adjuntando toda la documentación requerida en el momento de la solicitud.

Cumplir con los requisitos académicos y económicos no otorga al solicitante la concesión automática de la beca al depender ésta de la dotación económica global asignada en cada curso académico.

Esta beca no es acumulable con otras becas o ayudas.

La presente convocatoria tiene vigencia para el curso 2024-2025 y no supone la consolidación del régimen de ayudas/becas para cursos académicos posteriores. La resolución sobre la concesión de beca que adopte La Comisión de Becas y Ayudas al Estudio no es susceptible de recurso.

Dirigidas a los estudiantes de CUNEF, con nota media del ranking académico igual o superior a 9 que hayan aprobado todas las asignaturas en las que hayan estado matriculados, no tengan asignaturas suspensas o no presentadas de cursos anteriores.

El porcentaje de beca concedido será del 25% y en la concesión de esta Beca de Excelencia no se tendrán en cuenta los ingresos familiares.

La resolución favorable de la beca implicará la colaboración del estudiante en los departamentos del Centro. La dedicación se estimará entre 40 y 140 horas en el total del curso académico, en función de la cuantía de la misma.  La falta de cumplimiento de esta obligación implicará la pérdida de la beca.

La beca deberá ser solicitada por el estudiante en el periodo establecido, adjuntando toda la documentación requerida en el momento de la solicitud.

Cumplir con los requisitos académicos y económicos no otorga al solicitante la concesión automática de la beca al depender ésta de la dotación económica global asignada en cada curso académico.

Esta beca no es acumulable con otras becas o ayudas.

La presente convocatoria tiene vigencia para el curso 2024-2025 y no supone la consolidación del régimen de ayudas/becas para cursos académicos posteriores. La resolución sobre la concesión de beca que adopte La Comisión de Becas y Ayudas al Estudio no es susceptible de recurso.

Dirigidas a los estudiantes de CUNEF con nota media en el ranking académico igual o superior a 8, que hayan aprobado todas las asignaturas en las que hayan estado matriculados y no tengan asignaturas suspensas o no presentadas de cursos anteriores y que se encuentren dentro de los umbrales de renta señalados en esta convocatoria.

El porcentaje de beca concedido varía en función de la calificación obtenida y de los ingresos familiares hasta un máximo del 50%. El porcentaje de beca se aplica sobre las tasas del siguiente curso de Grado en el que se matricule el estudiante.

La resolución favorable de la beca implicará la colaboración del estudiante en los departamentos del Centro. La dedicación se estimará entre 40 y 140 horas en el total del curso académico, en función de la cuantía de la misma. La falta de cumplimiento de esta obligación implicará la pérdida de la beca.

La beca deberá ser solicitada por el estudiante en el periodo establecido, adjuntando toda la documentación requerida en el momento de la solicitud.

Cumplir con los requisitos académicos y económicos no otorga al solicitante la concesión automática de la beca al depender ésta de la dotación económica global asignada en cada curso académico.

Esta beca no es acumulable con otras becas o ayudas.

La presente convocatoria tiene vigencia para el curso 2024-2025 y no supone la consolidación del régimen de ayudas/becas para cursos académicos posteriores. La resolución sobre la concesión de beca que adopte La Comisión de Becas y Ayudas al Estudio no es susceptible de recurso.

Requisitos económicos: Se aplicarán unos umbrales de renta similares a los utilizados para la concesión de becas públicas en estudios universitarios. (Para valorar los ingresos familiares se tendrán en consideración los umbrales de renta publicados por el MEC multiplicados por 1,5)

Los estudiantes matriculados en CUNEF que deseen participar en la convocatoria de becas dirigidas a estudiantes matriculados en quinto y sexto curso (2024-2025) deberán presentar la siguiente documentación dentro de los plazos señalados:

  1. Realizar la solicitud de beca a través del Portal de servicios
  2. Autoliquidación modelo 100 Declaración Renta 2023 de todos los miembros de la unidad familiar*.
  3. Tres últimas nóminas del Padre y de la Madre (*) y del resto de miembros de la unidad familiar que perciban ingresos en el momento de presentar la solicitud de beca.
  4. Declaración del impuesto de patrimonio en caso de estar obligado a presentarlo (*).
  5. Declaraciones del IVA del ejercicio 2023 y 2024 (en caso de empleados por cuenta propia – profesionales / autónomos) (*).
  6. En el caso de separación de los padres, se presentará el convenio de separación (*).
  7. Declaración del Impuesto sobre Sociedades cuando ambos progenitores participen más de un 50% en la entidad (*).
  8. Se podrá adjuntar cualquier certificado o documento que pueda justificar la situación financiera (*).

(*) No será necesario la aportación de esta documentación para las Becas de Excelencia Académica del 25% en las que no se tienen en cuenta los ingresos familiares.

Es responsabilidad del solicitante entregar toda la documentación que considere relevante y a tener en cuenta. La solicitud se resolverá con la documentación presentada y una vez resuelta NO se aceptará documentación adicional.

La omisión de datos de renta o patrimonio, así como la falsedad en cualquiera de los datos declarados para acceder a la beca, supondrá la imposibilidad de optar a cualquier ayuda futura durante su formación académica en CUNEF.

Dirigidos a estudiantes con hermanos en CUNEF, durante el período en que coincidan matriculados en el centro:

  • Primer hijo: no tienen derecho a una reducción.
  • Segundo hijo: 20% de descuento sobre sus precios de matrícula.
  • Tercer hijo y posteriores: 40% de descuento sobre sus precios de matrícula.

Para que se pueda acceder a estas ayudas es requisito tener el título que acredita la condición de familia numerosa en vigor, de acuerdo con la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.

Esta ayuda no es acumulable con otras becas o ayudas.

El porcentaje de ayuda se aplicará sobre las tasas del siguiente curso de Grado en el que se matricule el estudiante.

Tendrán la consideración de contingencias sobrevenidas las siguientes:

a) Fallecimiento de alguno de los progenitores.

b) Situación de incapacidad absoluta permanente o gran invalidez de los progenitores.

Producida la contingencia, y siempre y cuando el estudiante esté cursando sus estudios universitarios, se podrá acceder a una ayuda equivalente al precio por el servicio educativo, en primera matrícula, de los créditos pendientes hasta la finalización de los estudios de grado.

El estudiante marcará en su solicitud el/las área/s de preferencia en las que tiene interés en realizar la colaboración (esta indicación no será vinculante en ningún caso):

  • Departamento de Internacional.
  • Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones (TIC´S).
  • Departamento de Comunicación y Promoción.
  • Departamento de Oficina Académica.
  • Departamento de Infraestructuras.
  • Carreras Profesionales.
  • Apoyo a profesores (tutorías, proyectos…).
  • Clubes y Asociaciones.

Los estudiantes interesados en solicitar una beca realizarán su solicitud a través del portal de servicios. No se aceptará ninguna solicitud fuera de plazo o que no se haya registrado correctamente. La documentación se enviará en formato PDF a la dirección de correo electrónico becas@cunef.edu y desde la dirección de correo electrónico, de CUNEF, del estudiante.

  • Periodo de solicitud: del 15 al 30 de junio de 2024.
  • Resolución de la solicitud: La comisión de Becas comunicará por escrito al solicitante el resultado de su solicitud a partir del 20 de julio de 2024. En cumplimiento de la LOPD, no se suministrará información de la resolución de la Comisión de becas vía telefónica.

Cumplir con los requisitos académicos y económicos no otorga al solicitante la concesión automática de la beca al depender ésta de la dotación económica global asignada en cada curso académico.

La presente convocatoria tiene vigencia para el curso 2024-2025 y no supone la consolidación del régimen de ayudas/becas para cursos académicos posteriores.

La resolución de la beca, en caso de ser favorable, se aplicará en las tasas académicas desde el mes de octubre, prorrateando dicho importe entre los recibos pendientes.

La presentación de la solicitud supone, por parte del candidato, la aceptación expresa de los criterios y decisiones que La Comisión de Becas y Ayudas al Estudio pueda adoptar sobre cualquier duda interpretativa, sobre los requisitos y condiciones recogidos en las bases y sobre la asignación de las ayudas.

La resolución sobre la concesión de beca que adopte La Comisión de Becas y Ayudas al Estudio no es susceptible de recurso.

De conformidad con lo previsto en el Reglamento General de Protección de Datos, los datos personales facilitados serán tratados por COLEGIO UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS FINANCIEROS (CUNEF) con la finalidad de tramitar y gestionar la solicitud de becas o ayudas al estudio presentada conforme a la presente convocatoria. El suministro de los datos con este fin es obligado, impidiéndose en otro caso participar en la convocatoria y, por tanto, ser destinatario de la beca o ayuda correspondiente. Los datos de contacto de CUNEF son los siguientes: C/ Leonardo Prieto Castro 2 28040 – Madrid. Teléfono: 91 448 08 92, E-mail: lopd@cunef.edu.

CUNEF informa de que dispone de un Delegado de Protección de Datos (DPD), que es una figura legalmente prevista cuyas funciones principales son las de informar y asesorar a la entidad sobre las obligaciones que le afectan en materia de protección de datos personales y supervisar su cumplimiento. Además, el DPD actúa como punto de contacto con la entidad para cualquier cuestión relativa al tratamiento de datos personales, por lo que, si lo desea, los solicitantes pueden dirigirse a él: Picón & Asociados Abogados, C/ Hermanos Pinzón, 3 Bajo, 28036 – Madrid, dpd@piconyasociados.es.

Los datos serán tratados sobre la base de la relación contractual mantenida entre CUNEF y los solicitantes de la beca o ayuda económica, conforme a las condiciones previstas en la convocatoria. Los datos podrán ser cedidos a las entidades financieras para el pago de la beca o ayuda correspondiente, así como a las Administraciones Públicas en los casos previstos por la Ley y para las finalidades en ella definidas.

Los datos serán conservados durante todo el tiempo en que la beca o ayuda esté vigente y, aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades que se pudieran derivar de la entrega de dicha ayuda o beca y durante todo el tiempo exigido por la normativa aplicable.

Con las limitaciones establecidas en la Ley, los solicitantes tienen derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, su rectificación o supresión, así como a la limitación de su tratamiento, a oponerse al mismo y a su portabilidad, mediante una comunicación dirigida a cualquiera de las direcciones de contacto referenciadas. Ante cualquier eventual violación de sus derechos, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es)

En caso de que se hayan facilitado los datos personales de un tercero, es la exclusiva responsabilidad de quien lo haga haber obtenido previamente el consentimiento de esa persona para que sus datos sean tratados por CUNEF, debiendo haberle informado previamente de todo lo previsto en el artículo 14 del Reglamento General de Protección de Datos.

La presentación de la solicitud supone por parte del candidato la aceptación expresa de los criterios y decisiones que el Departamento de Becas y Ayudas al Estudio pueda adoptar sobre cualquier duda interpretativa, sobre los requisitos y condiciones recogidos en las bases y sobre la asignación de las ayudas. Los miembros de la Unidad Familiar declaran que los datos que se aportan son verdaderos.